Ernesto Fernandez-Xesta y Vázquez
nos relata de nuevo un hecho histórico de nuestra villa relacionada con el agua
EL DERECHO DE AGÜERA Y ESTADILLA, 1711
El “derecho de agüera” es una
importante institución, fundamental en el mundo rural de los siglos XVII a XX,
mediante el cual se autorizaba a alguien, oficialmente, a cavar una agüera o zanja hecha para encaminar el agua llovediza a la huerta.
Y esta
institución tuvo, en Estadilla, su aplicación práctica y real, ya que hemos
encontrado datos que así lo avalan; al menos, en dos casos concretos. Y, de
estos datos y documentos, inferimos el procedimiento a seguir para su
obtención, el pago a hacer, y los problemas que comportaba; y otros datos que,
a lo largo del breve estudio, irán apareciendo.
Todos los
datos y documentos avalan el hecho de que, antes de que se construyese el hoy
conocido como El Palacio, de
Estadilla, o El Palacio Abbad y Lasierra,
de Estadilla, ya existía, en el mismo lugar y asentamiento, entonces extramuros
de la Villa, otra casa o construcción particular, propiedad de una de las
diferentes ramas de la familia Abbad, de la que era su Casa principal o de su havitación.
Así lo dice,
explícitamente, el contrato de construcción de dicho Palacio, al señalar el
contratado que
“… prometo y me obligo a hacer y construir de nuevo, en
la Villa de Estadilla, una Casa para los Herederos de todos los Bienes y
universal Herencia del difunto D. Dionisio de Abbad y Lasierra, vecino que fue
de la misma villa, y en el mismo sitio que hoy tiene la Casa principal o de su
havitación, la qual ha de derruirse; …”
Y, además, los
datos que vamos a comentar a continuación señalan la existencia de ese edificio
anterior desde bastante antes del año 1711.
Posiblemente,
y de acuerdo con los datos que se nos dan en los documentos que estudiaremos a
continuación, la configuración de esa edificación y sus anexos era ligeramente
diferente, dado que da la impresión de que la huerta que se quería regar con la
agüera estaba en la esquina de la actual edificación (el llamado molino), con
la calle Nueva, enfrente del actual solar familiar en el que aparcan muchas personas de Estadilla, que termina enfrente del actual Espacio Buñero…
Efectivamente;
en un Escritura Pública del 8 de marzo del año 1711, otorgada ante el Notario
Real don Mathías Francisco de Ubiergo, se
dice que
“Llamado, convocado, congregado y
ajuntado el dicho concejo Antonio Boronad, Justicia, Francisco Navarro, jurado
Mayor, Pedro Ferrer, jurado segundo […]
venden a Dionisio Abbad, Labrador [Dionisio Abbad Altemir] una agüera, en el precio de 1100 sueldos
jaqueses, que equivalen a 55 libras.”
En el propio
documento se señala por dónde corre la agüera y se establece que debe cogerse
el agua en la casa de don Dionisio “como
hasta lo presente ha gozado sin contravención alguna”. Es decir, que la familia ya venía haciendo uso del derecho de
agüera desde bastante antes de 1711, como habíamos señalado anteriormente.
Y, además, se nos informa de que el precio
dado de 55 libras [jaquesas] o 1100 sueldos jaqueses, que abona don Dionisio de
Abbad y Altemir, paga no sólo el propio derecho de agüera, sino que, con ello,
también compra
“… un pedazo de común del Concejo que confronta con huerto de Juan del Roy,
ferrinal de Manuel Radigales, [y] huerto y
corral del comprador Dn. Dionisio Abbad, con condición de no poder vender jamás
a nadie los callizos, etc.”
Pero, además,
en otra nueva escritura, esta vez del año 1760, se nos informa de que lo que la
villa de Estadilla y su concejo habían vendido a Dionisio Abbad en
“… el año 1711 [eran] un vago y Agüera, la cual incluye el agua
que en las lluvias corre por dentro de la villa por las calles Mayor y de la
Almendra hasta el Portal de Santa María y desde esta por el Callizo [¿del
Ronco? ¿de Castillazuelo?] que va al
huerto de don Dionisio [...], por
precio de 55 libras.”
Lo que ya nos señala exactamente el
camino por donde se había hecho la agüera
para que pudiera traer el agua para el jardín y la huerta para esta rama de la
familia Abbad que, años más adelante, dará a Estadilla dos de los más preclaros
vecinos, los Obispos hermanos Abbad y Lasierra….
Más tarde, se siguió usando la agüera cuyos derechos se habían
adquirido en 1711, a pesar de que se hubiera derruido la casa primitiva y se
substituyese por el actual Palacio de
Abbad y Lasierra. En efecto, sabemos que
don Dionisio de Abbad y Monseo, en 20 de agosto de 1813, para aumentar el
huerto, derruye 13 casas existentes en la calle Nueva, de las 39 que
poseía en dicha calle, ampliando aún más lo que más tarde sería el jardín, con
la adquisición, en diciembre de 1840, de un conejar que, asimismo,
derruye; más tarde, Gregoria de Heredia y Godino, casada con el Brigadier don
Lorenzo Cabrera Purroy, de Tamarite de Litera y heredera de su hermana, la
viuda de Dionisio, construyó, después de firmar un convenio el 26 de marzo de
1863, en el pedazo de común comprado en 1711, una poza de 10,50 x 7,40
metros y 3 metros de profundidad, para recoger esas aguas con las que regar
el jardín, cambiando, así, de ubicación, la recogida de esas aguas, pues que se
establece en esa poza que se realiza en
el lado norte de la casa, lindando con parcela de la familia Bardají. Pocos
años después, su hija Cristina de Cabrera y Heredia, que casará, más adelante, con Pedro Abbad Ortéu, Barón de Torre de Arias, perteneciente a
otra rama anterior de la familia Abbad, adquirirá, entre 1866, en que recibe la
herencia, y 1905, en que fallece, un huerto frente a la casa, de cabida de 3
almudes, o 2 áreas y 8 centiáreas, que lindaba, al Este, con bienes de
los Herederos de Castillazuelo, al Sur, con la calle Nueva, al Oeste, con el
Callizo de Ronco y,
al Norte, con la Travesía de Castillazuelo, frente a varios anexos del
Casal.
No se conocen más datos posteriores acerca de esta agüera.
Pero hay que decir que no siempre se usó de ese derecho
con tranquilidad, sino que hubo momentos problemáticos que pudieron acabar directamente
con el mismo.
Efectivamente, hay datos en el Archivo de Casa Cabrera
que nos informan de que, en 23 de enero de 1818, Dionisio de Abbad y Monseo
consiguió una resolución definitiva de la Audiencia de Zaragoza, en la que se
falla parcialmente a su favor en el pleito mantenido por él con don Carlos
Ramón de Asprer, quien, teniendo su casa enfrente de la Iglesia, y siendo en
ese momento, Regidor de Estadilla, había cortado el camino de las aguas para
regar su propio huerto.
Pero los documentos nos informan,
aunque no de manera directa, de la posible existencia de otro derecho de agüera propiedad, asimismo,
de esta rama de la familia Abbad.
En
efecto, según se puede ver en los libros de acuerdos del Ayuntamiento de Estadilla,
ya anteriormente, en el año 1807, la familia Cistué, concretamente los Barones
de la Menglana y de la Torre de Arias, entablaron, contra el propio Dionisio de
Abbad y Monseo, ruidosos pleitos, en la Villa, acerca de otra posible agüera, también propiedad de éste,
que parece ser que pasaba por entre el Camino de la Carrodilla y el Camino a
Fonz, por en medio de la balsa, y que aquellos entendían que Dionisio había
hecho obras que a ellos les molestaban su propia libertad de tránsito;
evidentemente, lo hacían en relación a sus propios huertos y jardines; más que
posiblemente, en lo que hoy, en el Portal del Sol, se conoce como el Huerto del
Barón…
No he llegado, todavía, a dilucidar si, efectivamente, se
trataba de otra diferente agüera,
como así parece, o si formaba parte de la agüera
adquirida en 1711, ya que, como se ha visto, una parte de ella iba por la calle
de la Almendra hasta el Portal de Santa
María y desde éste por el Callizo llamado del Ronco hasta la huerta de don Dionisio de Abbad.
Portada del cuadernillo-expediente de la Real provisión de 27 de enero de 1818
sobre el pleito entre Dionisio de Abbad y Carlos de Asprer sobre los derechos de agüera
(Archivo de Casa Cabrera)